Con 34 votos a favor y 12 en contra, los diputados del Congreso del Estado aprobaron las reformas a los artículos 24, 29 y 31 Bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con lo cual el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) tendrá a partir de ahora dos Salas en Materia Familiar.
De igual manera se avaló por la mayoría priista y sus partidos aliados, darle competencia en asuntos penales a la Sala Constitucional del máximo órgano jurisdiccional de nuestra entidad.
En esta ocasión como en las anteriores, los Grupos Legislativos de los Partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD)- Movimiento Ciudadano (MC) y del Trabajo (PT), rechazaron el decreto.
Cabe recordar que el pasado 12 de julio se modificaron los artículos 11, 24, 31 y una adición al 31 Bis de la referida normatividad para crear un Sala de Familia y este día se avaló la transformación de una Sala Civil a Sala Familiar.
A partir de ahora, el artículo 24 estipula que el Tribunal Superior de Justicia contará con las siguientes salas colegiadas: una Sala Constitucional, cuatro Salas Penales, dos Salas Civiles, y dos Salas en Materia de Familia, integrada cada una de ellas por tres magistrados, de entre los que se elegirá a su presidente, el cual fungirá por un año, con la posibilidad de ser reelegido de forma inmediata por una sola ocasión.
El apartado 29, fracción VI, ahora faculta a la Sala Constitucional para conocer de los asuntos que establezcan la Constitución Política Local y demás normativa aplicable, así como los que le asigne el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, incluyendo los asuntos en materia penal.
Mientras que el 31 bis, precisa que las Salas en Materia de Familia, tendrán su sede oficial en el municipio de Xalapa, enumerando cada una de sus atribuciones.
Antes de la aprobación, el diputado Cuauhtémoc Pola Estrada, coordinador de la bancada PRD-MC, subió a tribuna para rechazar la reforma presentada por el gobernador Javier Duarte de Ochoa.
En ese sentido, afirmó que con este aval se violaría el principio de supremacía de la Constitución, pues se dará pie a que en los procesos del orden penal, los actos de la Sala Constitucionalidad que conozcan asuntos penales, pudiera ser violatorio.
“No hagamos cambios que no sean analizados a profundidad y sin respetar la técnica jurídica (…) debemos ser garantes de la Supremacía de la Carta Magna”, expresó el legislador al adelantar que esta decisión pudiera provocar una acción de inconstitucionalidad por parte de la Procuraduría General de la República (PGR), al considerarse que pudiera viciar juicios del orden penal.
En el mismo sentido, tomó la palabra la panista María del Carmen Pontón Villa, pues expuso que ninguna ley puede estar por encima de la Carta Magna, de lo contrario se estaría contraviniendo el principio de supremacía constitucional.
Y es que recordó que en 2014, se promulgó una reforma a la Ley Orgánica Poder Judicial del Estado para garantizar esta supremacía constitucional, por lo que el convertir la Sala Constitucional en auxiliar de las Salas Penales, argumentando la carga de trabajo que presentan estas últimas, es inconstitucional.
“La Sala Constitucional fue embestida como una instancia de salvaguarda de los principios constitucionales y protección de derechos de carácter local”, de tal manera que para cambiarle las atribuciones, se debe hacer una reforma constitucional.