23 de Noviembre de 2024
 

Se amparan Ruiz, Manzur, Deantes y Valenzuela para evitar ser detenidos por actos de corrupción en gobierno saliente

 
 
Xalapa, Ver.- Cuatro ex-funcionarios duartistas y  actual, han logrado una suspensión provisional para evitar ser presentados o detenidos por alguno de los más de cien jueces federales y estatales que hay en Veracruz, por lo que les resulte dentro de algunas de las 48 denuncias presentadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) ante la Procuraduría General de la República (PGR).
 
Los señalados en este escándalo son: los ex-secretarios de y Planeación,  Manzur Díaz,Tomás Ruiz González; así como Carlos Aguirre Morales (quien fue encargado del despacho a la  de Manzur y subsecretario de Egresos), Gabriel Deantes Ramos, ex-secretario del  y José Francisco Díaz Valenzuela, titular del  Interno de  de la Secretaría de Educación estatal.
 
Gabriel Deantes Ramos actual secretario del Trabajo también se amparó sabiendo que trae cola/FOTOJAROCHA.COM/ Saul Ramírez
Gabriel Deantes Ramos actual secretario del Trabajo también se amparó sabiendo que trae cola/FOTOJAROCHA.COM/ Saul Ramírez

De acuerdo a los informes recabados, los  antes mencionados se les involucra en  legales simultáneamente realizadas, durante los cargos que sostuvieron dentro del duartista.

 
Los involucrados saben que ya existe una causa penal en su contra por “X” delito, lo que no saben es en qué Juzgado está radicada, por eso su solicitud de amparo provisional contra los más de cien jueces, tanto federales como estatales que hay en el . Por, de la mayoría van a sobreseer por inexistencia de actos y si alguno acredita que sí tiene una causa penal ahí se estudiará el asunto.
 
Ahora con el   penal acusatorio los exfuncionarios podrían alcanzar los  de este , mientras tanto la suspensión provisional está transcurriendo.
 
Es en el Juzgado Segundo de Distrito donde se les otorgó la suspensión provisional, donde se pedirá a los jueces conocedores del caso, le rindan el informe previo donde deberán manifestar si el acto reclamado deriva del  proceso penal acusatorio y oral.
 
Asimismo, deberán dar a conocer cuál es el hecho delictuoso que se imputa a los quejosos, la penalidad aplicable y la cuantía de los daños causados o  económico obtenido, en caso de que se trate de delito de carácter patrimonial.

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