Álvaro Guerrero
Martínez de la Torre, Ver.- Opinan licenciados en materia de derecho que la medida cautelar penal de prisión preventiva oficiosa debe continuar, aunque refieren que dentro del catálogo de delitos, que marca el Código Nacional de Procedimientos Penales, requiere de una depuración de estos, puesto que en ese enlistado existen algunos delitos que pudieran ser considerados no tan graves para la aplicación de esa medida cautelar, como aquellos que son de alto impacto.
En ese sentido, Jesús López Aranda, presidente de la Barra de Abogados de Martínez de la Torre, opinó que, “de continuar sería bueno, lo únicamente hay que depurar ciertos delitos, porque desafortunadamente por cuestiones políticas, cuestiones personales o intereses personales de propio gobierno, incluso se están adhiriendo en esa gama de delitos otros que no son necesarios que tengan ese tipo de medida cautelar, consideramos varios compañeros que únicamente debería ser la prisión preventiva oficiosa o justificada para delitos que sean realmente de alto impacto, y que realmente dañen a la sociedad, y que realmente merecen ese tipo de medida”.
Agregó que, “de lo contrario estaríamos justificando, por un lado, en base a la constitución o nuestra carta magna y por otro lado contradiciendo la Suprema Corte que en su momento ha determinado en el sentido que se está violando presunción de inocencia, ¿Por qué?, porque se está juzgando de manera anticipada a una persona que no ha sido sentenciada”.
Entre los delitos que requieren prisión preventiva oficiosa, mencionó aquellos que ya estaban contemplados antes de la reforma, por lo que enumeró como lo son: secuestro, homicidio, violación, etcétera, asimismo, apuntó que algunos necesitan una mayor aclaración, en este caso cuando se trata de uso de violencia de armas, ya que en la norma no establece el tipo de armas, situación que ocasiona un vacío enorme y en algunos sucesos provocan que los fiscales imputen delitos prefabricados que solamente afectan al acusado.
Por último, comentó que en el sistema penal existe la prisión preventiva, la cual nace como una medida cautelar que el juez puede imputarla para garantizar la presencia ante un proceso, además, indicó que de ahí surge dos medidas cautelaras lo que son prisión preventiva oficiosa o justificada, pues ambas tienen aspectos distintos para su aplicación por parte del juez.