No deben ser humillados los empleados como en el caso “Lady Chiles”
Rocío Ramírez
Luego de la publicación en Facebook del video donde una mujer llamada Adriana Rodríguez de Altamirano conocida ya como “Lady Chiles”, regaña y humilla a su empleada doméstica por robarle dos chiles en nogada se ha vuelto polémico, ya que dicha acción de la patrona es considerada como un abuso de autoridad.
Debido a tal situación, la abogada Dalia Gabriela Guzmán Lambert, indicó que independientemente de la cuestión laboral que se realice, toda persona es digna de respeto en su trato personal y laboral.
“Lo que vimos en los medios de comunicación es un verdadero acto de abuso, en el cual se exhibe a una persona llevando un poco de comida a su casa, eso no se configura como robo”, citó la abogada.
El video muestra cómo Adriana y un hombre, aparentemente su marido, cuestionan y graban a la mujer por llevarse un recipiente con dos chiles en nogada.
“Aquí te damos suficiente comida... Nadie se come dos chiles en nogada, yo no voy a alimentar a toda tu familia”, ante tal exhibición por parte de la patrona, la empleada pidió disculpas porque llevó comida para su hijo.
Usuarios de redes sociales reaccionaron de inmediato y criticaron por subir el video y denominaron a Rodríguez de Altamirano 'Lady Chiles'.
La abogada Guzmán Lambert, expresó que incluso la trabajadora puede demandar a la patrona por responsabilidad y daño moral en contra de su persona, ya que la Ley Federal del Trabajo con respecto a los Trabajadores Domésticos lo indica.
“Los trabajadores domésticos son los que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás, propios o inherentes al hogar de una persona o familia, por lo que además del pago en efectivo, debe recibir los alimentos y la habitación”, especificó.
Dijo que para los efectos de esta Ley, los alimentos y habitación se estimarán equivalentes al 50% del salario que se pague en efectivo, dejando claro que los empleados domésticos tienen derechos.
También mencionó que todos los patrones tienen las obligaciones especiales de guardar consideración al trabajador doméstico, absteniéndose de todo mal trato de palabra o de obra.
“En este caso la patrona maltrató en obra y acusando de ratera a su empleada, es por eso que si la empleada lo considera necesario puede demandarla”, explicó.