18 de Noviembre de 2024
 

Positivo, declarar como delitos prácticas ilegales de cobranza

Aunque esa medida debería extenderse a todos los estados de la República

 

Facundo Bartolo Salazar

 

Resulta positivo que, tal como ya se hizo en el Distrito Federal, en todos los estados se declaren como delitos las prácticas de cobranza ilegales, mismas que son realizadas por supuestos despachos cuyo personal tortura psicológicamente, insulta, llama a deshoras o amenaza e intimida a los deudores, opinó Mauro Alvarado Loranca, quien maneja un despacho de cobranza a nivel pre judicial.

Reiteró que deberían ser reguladas todas las acciones de cobranza por parte de despachos “patito”, mismos que recurren a todos los recursos a su alcance, incluso prácticas ilegales para cumplir su cometido. Añadió que muchas veces, esas personas se hacen pasar también como actuarios de un juzgado, utilizando documentos con sellos apócrifos de autoridades judiciales, o bien, se presentan como abogados sin serlo.

Mencionó que en última instancia, el embargo sería una forma legal de requerir pago de adeudos con empresas financieras o comercializadoras de productos a plazos. Reveló que en su caso, atiende a deudores en su etapa pre judicial, dialogando con ellos y presentándoles planes de pago para resolver sus problemas. Destacó que con ello se busca precisamente evitar a los deudores conflictos legales, mismos que ya implican demandas, desencadenándose un proceso, mediante el contrato firmado por el deudor.

 

Explicó que primeramente se hace un requerimiento de pago, emplazamiento y embargo con la finalidad de saldar el adeudo correspondiente. Apuntó que en esa secuela procesal, el deudor puede hacerse acreedor a una multa por parte de Hacienda e incluso del uso de la fuerza pública para su comparecencia. Insistió en que esos procedimientos son válidos y legalmente establecidos, en previsión principalmente de aquellas personas que en forma dolosa y de mala fe se niegan a pagar sus deudas. Aseveró que en ese ámbito, muchas personas pueden, pero no quieren saldar sus adeudos, aclarando también que reconocer simplemente el adeudo no exime de tales pagos.

 

Insistió en que es necesario recurrir a los conductos legales para llevar a cabo acciones de cobranza, siendo reprobables los métodos ilegales para ese tipo de actos, diciendo a los deudores que son unos “tranzas” y toda una serie de insultos que no están justificados. Es por ello que, consideró, es positivo que se hayan tipificado como delitos las acciones ilegales de cobranza, pues eso sirve también a los despachos debidamente establecidos, para hacer la diferencia en su prestación de servicios de los cuales se cuenta con los contratos correspondientes.


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