18 de Noviembre de 2024
 

Seguridad social para trabajadoras del hogar

No es obligatoria, sin embargo tiene buena aceptación

 

Brenda Pérez Aguilar

 

         En base a la nueva Ley del Seguro Social que inició desde el primero de julio de 1997 y en base al Artículo 17 de esta  misma, pueden incorporarse voluntariamente todos aquellos trabajadores domésticos que presten su servicio a personas físicas, dio a conocer el nuevo encargado del despacho de la Subdelegación del IMSS en esta ciudad, Joaquín Cayetano Lara González.

         El entrevistado indicó que con este aseguramiento también puede beneficiar a sus hijos, esto en base al Artículo 84 de la propia Ley. La cobertura es de un año, iniciando los servicios médicos del IMSS para tu trabajador doméstico y sus beneficiarios legales.

         “El beneficio va desde prestaciones en especie, de atención médica quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica, medicinas, para el trabajador y sus familiares como puede ser esposa, esposo, hijos y padres, así como beneficio a las personas de invalidez y/o viudez, orfandad y ascendencia”, remarcó.

 

         Enfatizó que la Seguridad Social para Trabajadores y Trabajadoras del Hogar es diferente a la afiliación obligatoria, pues la Ley en su Artículo 12 menciona la situación afiliatoria obligatoria para los patrones, personas físicas y morales en sus nuevas actividades que pueden ser de comercio, construcción, servicios para empresa y del hogar, mientras que el voluntario en su Artículo 13, entra el trabajador doméstico y aparte existe el aseguramiento independiente, el patrón persona física, entre otros.

         “Afortunadamente, la Subdelegación Martínez de la Torre ha tenido la respuesta de los patrones, si hemos tenido acercamiento con la Subdelegación, puesto que tenemos el 41% de aseguramiento en esta delegación”, dijo.

No obstante, destacó que el pasado 26 de agosto, se emitió un acuerdo donde tendrán la opción para realizar el aseguramiento del trabajador doméstico con pago bimestral, con lo que tendrán un mayor desahogo para cumplir con el aseguramiento y ya no realizar el pago en una sola exhibición.

“El acuerdo ya se emitió, ya esta publicado en el Diario Oficial, ya puede checarlo y una vez que el Instituto ponga a disposición el medio de pago en www.imss.gob.mx ya odrán realizarse los pagos bimestrales, lo que beneficiará tanto a los patrones como al instituto”, concluyó.  

 

 


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