25 de Noviembre de 2024
 

Es posible revertir el cambio de régimen fiscal

 

 

*Mediante la asesoría y análisis de profesionales en la materia

Facundo Bartolo Salazar

Es posible revertir el cambio de régimen fiscal de parte del Servicio de Administración Tributaria(SAT), y en el caso del Régimen Simplificado de Confianza(RESICO), es claro que no es sencillo, pues para que esto se pueda lograr hay que tomar en cuenta muchos factores; por tal motivo es necesario que los contribuyentes se acerquen con los profesionales en la materia, quienes les brindaran la asesoría necesaria para resolver sus asuntos y evitar multas, expuso Javier Hernández Olarte, director de SICC Contabilidad.

 Explicó que “Si ya fuiste expulsado del Régimen Simplificado de Confianza, como contribuyente puedes recurrir a tu contador de confianza, quien procederá a estudiar minuciosamente tu caso, ya que, en su mayoría, los contribuyentes expulsados sí incumplieron con la obligación de presentar su declaración anual o sus declaraciones provisionales”.

 En ese sentido, aclaró también que el SAT si tiene la facultad de poder expulsar de manera definitiva y permanente a los contribuyentes que incumplieran, pero aun así, con todas las adversidades que se tengan en contra, es posible detectar varias ilegalidades en la expulsión permanente del régimen, las cuales se pueden argumentar en juicio para efectos de anular la actualización en el RFC del contribuyente afectado. Asevero que el SAT debió notificar requerimientos para exigir la presentación de las declaraciones pendientes antes de proceder con las expulsiones.

Hernández Olarte indico que, como ya se sabe, el SAT comenzó a expulsar a los contribuyentes del RESICO que incumplieron con la presentación de su declaración anual del 2022, o bien, que omitieron presentar declaraciones mensuales. Dijo que con base a estas actualizaciones se ha modificado el régimen de los contribuyentes cambiándolos al régimen tributario de actividades empresariales, sin embargo, manifestó que el problema fue que sólo unos cuantos fueron notificados por medio del Buzón Tributario de su expulsión, mientras que otros se percataron que ya no pertenecían al RESICO cuando expidieron facturas, declaraciones o la constancia de su situación fiscal.

Para alcanzar la anulación de una expulsión del RESICO, Javier Hernández opinó que se deben analizar e identificar minuciosamente las afectaciones y las ilegalidades en el actuar por parte del SAT. Mencionó que algunas afectaciones que son evidentes son el cobro retroactivo del ISR de todos los meses que los contribuyentes tributaron como RESICO, y el impedimento para no volver a tributar en dicho régimen.


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