De lo contrario, sobrevienen altos costos en multas y recargos ante actualización catastral
Facundo Bartolo Salazar
Los propietarios de bienes inmuebles deben dar de alta sus construcciones con oportunidad ante catastro, con la finalidad de evitar problemas de rezagos, implicando ello multas y recargos que naturalmente ocasionan altos costos, especialmente por declaraciones de obras que no corresponden con las boletas registradas, mismas que se detectan mediante acciones de actualización catastral, como la que está en marcha y concluirá en el presente mes, en el que se condonarán multas, informó Jaime Belli González, director de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente.
El funcionario explicó que la citada actualización no se trata de un aumento del valor de los predios, sino de detectar a través de una campaña o programa aquellas construcciones que no corresponden a los registros en catastro, y por lo tanto es necesario cobrar a los contribuyentes lo que no han declarado.
Añadió que la actualización catastral en la zona urbana prácticamente fue concluida en la pasada administración, en el cuatrienio en marcha se ha entrado a las comunidades, lo cual, reconoció, ha tenido impacto pues los núcleos de población de las zonas rurales son considerados como zonas urbanas ejidales. Explicó que la ley establece que a cualquier construcción que no sea de material perecedero, ya sea madera, láminas de cartón, plásticos aplica para registro ante catastro.
Apuntó que se debe registrar desde una galera, cochera, bodega, siempre que incluyan desplantes con estructuras de concreto o acero, aplicando lámina metálica o losa. Lo anterior, independientemente del uso que se le dé a dicha construcción. Dada la situación, indicó que es recomendable que los contribuyentes declaren el total de lo que van a construir en sus propiedades para evitarse problemas posteriores. Lo anterior, sabiendo que el costo de las licencias son accesibles, desde los 300 pesos, mismos que ahorrarían contratiempos, pues de no ser declaradas las construcciones, o se declaran de menos, esa situación se puede detectar en cualquier actualización. Dijo que en tal caso, el personal de catastro revisa, mide y aplica la norma, cobrándose hasta 5 años de retroactivo, siendo posible condonar tan solo las multas.