No pagarán IVA
Álvaro Guerrero
A partir del día primero de enero del 2015, las asociaciones religiosas tendrán que hacer sus declaraciones fiscales de acuerdo a los ingresos por donaciones y servicios que brindan a la sociedad, por lo cual tendrán que rendir cuentas ante la Secretaría de Administración Tributaria (SAT), por lo tendrá que utilizar la contabilidad electrónica como lo están haciendo y pidiéndole a los comerciantes.
El representante de la asociación nacional de fiscalistas en Martínez de la Torre Julio César Cortés Molina comentó que hasta al momento en su despacho no ha asesorado a ninguna religión, por lo que cree que todas las organizaciones del credo ya llevan a cabo el asesoramiento con otros especialistas en la materia.
Afirmó que todavía existen inquietudes por parte de las diversas doctrinas de este municipio, pues aseguró que no son los únicos que tienen desconocimiento de las formas en que se debe realizar la comprobación de los ingresos mediante el uso de la contabilidad electrónica.
Al ser cuestionado acerca de porqué las asociaciones religiosas tienen que presentar declaraciones, comentó “lo que ha tratado el gobierno, es que hoy en día todo el mundo facture o emita comprobantes fiscales por sus ingresos o por los servicios que presta, en este caso como son los organismos religiosos de cualquier índole, pues son un ente que fiscalmente, los tiene clasificados el gobierno como un ente que percibe ingresos.”
El gobierno solamente quiere conocer cuáles son los ingresos que obtienen los organismos religiosos por cada mes y todo, pero hubo momentos en que se rumoraba que los credos tenían que pagar impuestos, pues el contador menciona que hasta al momento ninguna doctrina tendrá que pagar Impuestos sobre el Valor Agregado (IVA) como se creía.
Por lo cual algunas asociaciones ya saben qué procesos se hacían antes, porque ya estaban dentro del régimen fiscal, pero ahora con la incorporación mediante los usos de los medios electrónicos aún se les puede dificultar un poco por no saber manejar el sistema computacional.
Por lo anterior, si una asociación religiosa es de reciente creación deberá presentarse ante las oficinas del SAT para darse de alta y que les den su respetivo Registro Federal de Contribuyente (RFC), si no es la mayoría de estos organismos ya cuenta con su RFC, por lo cual prevé que ya saben del procedimiento fiscal que los ocupa.