5 de Agosto de 2025
 

Despachos de cobranza no deben registrarse en forma independiente

Las propias empresas contratantes los dan de alta en el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco)

Facundo Bartolo Salazar

Los despachos de cobranza no pueden registrarse en forma independiente, sino que deben ser las propias financieras, bancos y empresas que venden a crédito, usuarios de sus servicios, los que tramiten su alta ante el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco), tras un contrato y el cumplimiento de una serie de requisitos, entre los cuales se contempla la alta ante Hacienda y la facturación, expuso Mauro Alvarado Loranca, titular de un despacho de cobranza.

Apuntó que de esa manera, los despachos de cobranza son regulados porla Comisión parala Protección y Defensa de los usuarios de los Servicios Financieros (Condusef), la cual emite un documento llamado Reporte de Agencias de Cobranza, en el cual aparecen todos los despachos registrados y puede ser consultado en internet.

 

Asimismo, Alvarado Loranca indicó que para ser reconocidos y aprobados oficialmente, los despachos deben contar con espacios adecuados para brindar atención a clientes, incluyendo teléfono, internet y demás facilidades que en general hagan factible la prestación del citado servicio. Comentó que en caso de incurrir el despacho en irregularidades o excesos en el ejercicio de sus actividades pueden ser sancionados ante la Condusef, instancia ante la que pueden acudir los quejosos, siempre y cuando sus argumentos estén plenamente justificados.

Señaló que en algunas ocasiones las personas tratan de hacer quedar mal a los despachos o abogados con la finalidad de desentenderse del pago de sus adeudos. Sin embargo, advirtió que la Condusef consulta con las entidades financieras la situación de los deudores y en su caso desechan las quejas, sobre todo si al consultar el buró de crédito aparecen los inconformes como deudores recurrentes y morosos, siendo claro que actúan de mala fe.

Mauro Alvarado expuso que básicamente los despachos de cobranza pueden ser denunciados cuando las personas llegan y se introducen en los domicilios de los deudores o usan palabras altisonantes, o bien, utilizan sellos apócrifos de entidades judiciales como juzgados, agencias del ministerio público, ameritando esos delitos el castigo correspondiente. Insistió en que tales acciones pueden implicar allanamiento de morada o robo, cuando con el afán de garantizar el pago de un adeudo, el personal de cobranza entra en los hogares a llevarse algún artículo de valor.

Reconoció que cuando ya hay resolución de un juez y se llevan a cabo las medidas de apremio, los despachos pueden solicitar el apoyo de la fuerza pública y romper las cerraduras para localizar pertenencias de los deudores para ser embargadas y garantizar de esa manera los pagos por la vía judicial.

 

 

 


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