16 de Noviembre de 2024
 

Reglamento de Limpia Pública incluye multas de 500 salarios

Para contribuir con la buena imagen e higiene de la ciudad se aplicará el reglamento que incluye derechos, obligaciones y sanciones para los ciudadanos en el manejo de basura

 

Martínez de la Torre, Ver.- Con la finalidad de que el servicio de limpia pública tenga una mayor eficiencia se hará valer el reglamento vigente en esta materia, a fin de que la ciudadanía cuente con la ciudad higiénica a la que tiene derecho y que a la vez los ciudadanos irresponsables reciban las sanciones que marca esta disposición oficial.

De acuerdo al reglamento de Limpia Pública, en su artículo 68, establece que “a todos los habitantes del Municipio corresponde el deber de colaborar en el sistema de Limpia Pública. Por lo tanto tendrán los siguientes deberes:

Clasificar los residuos en orgánicos, inorgánicos y otros grupos según lo indique la autoridad competente; sacar la basura en bolsas cerradas o recipientes y depositarla en el horario y lugar señalado por el Ayuntamiento, en lugares donde no se dificulte el acceso del camión de recolección (callejones o privadas), depositar la basura en los sitios previamente señalados por el Ayuntamiento; abstenerse de quemar basura de cualquier clase en lugares públicos y en el interior de los predios, entre otros.

 

Además tienen como restricciones no tirar basura, escombro, ni sus similares, en las orillas de carreteras y caminos vecinales, o cualquier otro lugar considerado como vía pública; deberán abstenerse a introducir cantidades de basura que su proporción y dimensión sean mayores a la abertura de los contenedores que se encuentren instalados dentro del Municipio.

Los propietarios encargados de establecimientos tales como cines, teatros, plazas de toros, etc., donde existan baños de acceso público deben mantenerlos en estado higiénico adecuado.

Además queda prohibido arrojar basura o desperdicios de cualquier tipo ya sea sólidos o líquidos en la vía y plazas públicas, parques o jardines; sacar los botes, depósitos o recipientes de basura antes del anuncio del recolector; arrojar con motivo de las lluvias, la basura y desperdicios a las corrientes, fijar anuncios en las paredes, muros, columnas, árboles, edificios públicos, postes de alumbrado público y pasos peatonales, sin permiso de la Autoridad Municipal, usando engrudo, pegamentos o engomados; arrojar a la vía pública y en los colectores cadáveres o vísceras de animales.

Entre las sanciones que se establecen se considera amonestación con apercibimiento; multa de 1 a 500 veces el importe del salario mínimo general de Martínez de la Torre vigente al momento de cometer la infracción; y arresto hasta por 36 horas o Servicio Comunitario por el término de una jornada laboral.

 

 


Lo último en el Heraldo

Banner Hotel