- Los testimonios de los dos sobrevivientes rescatados en este predio, ubicado en Teuchitlán, revelan que pertenecía a una red de fincas para adiestrar y asesinar a sujetos en la región Valles de Jalisco
EL UNIVERSAL
Guadalajara.— El rancho Izaguirre no sólo era un centro de adiestramiento del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), como lo han señalado autoridades estatales y federales, sino que ahí también se asesinaban personas y se les desaparecía, de acuerdo con testimonios de dos sobrevivientes.
Sus declaraciones están incluidas en 120 páginas de la sentencia contra las 10 personas detenidas por la Guardia Nacional en el rancho el 18 de septiembre de 2024, quienes en julio pasado fueron condenadas a 141 años de prisión.
EL UNIVERSAL tuvo acceso a ese documento, en el cual se lee que uno de los sobrevivientes dijo que al llegar al rancho lo pusieron a juntar leña, y después supo que era para quemarlo, porque lo iban a matar.
Las dos víctimas rescatadas en ese mismo operativo confirmaron que el rancho formaba parte de una red de fincas utilizadas por el grupo delictivo para torturar personas en la región Valles de Jalisco, y de la que las autoridades poco han dicho.
La primera de las víctimas declaró que la madrugada del 16 de septiembre de 2024 caminaba por la calle hacia la casa de un amigo cuando varios sujetos en una camioneta lo abordaron, lo subieron a la fuerza y lo condujeron a una casa que no puede identificar porque iba agachado.
En ese lugar, según su testimonio, algunos de los hoy sentenciados comenzaron a golpearlo, después lo desnudaron y encerraron en un baño durante varias horas; más tarde, lo envolvieron en plástico transparente y lo apalearon.
En ese lugar escuchó cómo torturaban a otras personas y en una de las habitaciones donde lo encerraron se encontró con dos hombres que también estaban golpeados: uno de ellos es la segunda víctima rescatada del rancho Izaguirre y el otro es la persona encontrada muerta durante la intervención de la Guardia Nacional, que sigue sin ser identificada —el dictamen pericial señala que murió a causa de golpes que recibió en la cabeza—.
Más tarde, las tres víctimas fueron trasladadas a otra casa donde las mantuvieron amarradas de pies y manos y, finalmente, la mañana del 18 de septiembre las trasladaron al rancho Izaguirre: “Al llegar fue bajado del vehículo y obligado a juntar leña y más tarde se enteró de que la leña sería utilizada para quemarlos, por lo que en ese momento sintió que iba a morir”, se lee en la relatoría que se incluye en la sentencia.
La declaración de la segunda víctima es similar; circulaba en motocicleta por la entrada al municipio de Tala, cuando una pick-up de la policía municipal lo interceptó. Eran las cuatro de la mañana del 16 de septiembre de 2024 cuando los agentes lo retuvieron, después lo esposaron y lo subieron a la patrulla, para luego entregarlo a varios sujetos armados que se desplazaban en una camioneta.
A él también lo envolvieron en plástico, lo golpearon con palos y, además, fue quemado varias veces con un vaso de plástico; lo llevaron de una casa a otra hasta llegar al rancho, donde la Guardia Nacional lo encontró severamente lastimado.
VERSIONES QUE NO COINCIDEN
Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado de Jalisco durante el juicio se encuentra el testimonio de uno de los encargados del área operativa del Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo de Jalisco, quien señaló que el 18 de septiembre de 2024 atendió el reporte 19 realizado al número de emergencia 911, el cuál detonó el operativo de la Guardia Nacional en el rancho.
Sin embargo, su testimonio difiere con el de los militares en cuanto a los horarios y la forma en que se canalizó el reporte.
“El ciudadano reporta a las 15 horas con 12 minutos, que en La Estanzuela, municipio de Teuchitlán, en un sitio denominado rancho Izaguirre, el cual describe con un portón negro y una fachada roja, que 40 minutos antes, varias personas con chalecos y armas largas y cortas ingresaban a bordo de camionetas rojas y negras.
Agrega también que en ese lugar se escuchaban gritos y que “suele ser conocido que en ese sitio donde torturan personas, en el mismo reporte se asienta que es atendido por la policía municipal a las 15 horas con 18 minutos y ellos al llegar al lugar refieren que ya estaba personal de la Guardia Nacional, en donde estos le mencionan a los policías municipales que se retiren, que ellos se harían cargo del servicio y añadió que una vez que se genera el reporte, éste es despachado por radio o vía electrónica a la instancia que corresponda, que en este caso fue a la policía de Teuchitlán”, indica la relatoría de la sentencia.
En tanto, la mayoría de los 14 agentes de la Guardia Nacional citados a declarar sobre su participación en el operativo dijeron que se enteraron del reporte alrededor de las 17:55 horas del 18 de septiembre de 2024 y que arribaron a las inmediaciones del rancho aproximadamente a las 20:15 horas.
“Hace mención que dicho lugar es de difícil acceso y que al llegar descendieron de las unidades y comenzaron el movimiento pie tierra, asimismo, que antes de llegar al predio señaló que se escucharon detonaciones de arma de fuego por lo cual, deciden entrar al predio.
“Observaron que a la vista se encontraban tres vehículos y una pipa de agua y dijo que otros elementos de la Guardia Nacional lograron la detención de varias personas que se encontraban en el interior del lugar, siendo detenidos por el delito de portación de arma de fuego y privación ilegal de la libertad, hace mención que se encontraban en otro alojamiento dos personas esposadas y un occiso, el cual, estaba envuelto en plástico”, refiere la sentencia al citar la declaración de uno de los agentes que participó en el operativo.
LA SENTENCIA
La audiencia de debate del primer juicio contra los detenidos en el rancho Izaguirre: Lennin “N” —o Kevin “N”—, David “N”, Gustavo “N”, Christopher “N”, Juan “N”, Óscar “N”, Erick “N”, Luis “N”, Ricardo “N” y Armando “N”, se extendió cinco días y tras ponderar los argumentos y las pruebas presentadas por la fiscalía y la defensa, el Tribunal Colegiado integrado por tres jueces los encontró culpables de los delitos de desaparición cometida por particulares agravada y homicidio calificado, por lo que decidió imponer a cada uno una pena de 141 años y tres meses de prisión y una sanción económica 651 mil 420 pesos.
Algunos de ellos enfrentan otros procesos porque personas que fueron reclutadas de manera forzada por el Cártel Jalisco Nueva Generación los reconocieron como sus captores.
Además, las autoridades federales y estatales informaron sobre la detención y vinculación a proceso de otras cinco personas relacionadas con el rancho Izaguirre: un presunto reclutador del cártel, tres policías municipales de Tala y el presunto responsable de la operación del rancho, José Gregorio “N”, alias El Lastra, quien supuestamente trabajaba bajo órdenes directas de Gonzalo Mendoza Gaytán, El Sapo, identificado por las autoridades como el responsable de la estructura de reclutamiento forzado del cártel.