Por Juan Carlos Jiménez B.
Es muy necesario señalar que tras la aplicación del reglamento de tránsito, no se consideran vehículos a las bicicletas, las cuales son de propulsión humana y que deben de ser respetadas por los peatones y automovilistas, aunque también los ciclistas deben de tener sus deberes y obligaciones.
Por lo que resultaría positivo que en el reglamento dediquen un capítulo a las bicicletas y para el tránsito de bicicletas, debido a que tendría que ser obligatorio circular únicamente por la superficie de rodamiento y no sobre banquetas y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones.
También es necesario señalar que el ciclista tiene la obligación de pedalear a una velocidad inofensiva para los peatones, además de que tampoco pueden circular en el sentido contrario a los vehículos aunque se realice con precaución.
Sin duda el ciclismo es una actividad muy sana y que de hecho puede considerarse no solo un deporte, sino constituir otra modalidad de movilidad dentro de la ciudad; sin embargo es necesario observar que los jóvenes que realizan este tipo de actividad, la mayoría de las veces circula por las calles con actitud temeraria, a velocidades que pueden poner en riesgo sus vidas principalmente en quienes no han desarrollado habilidades de frenado, y generalmente no portan accesorios que los ayuden a ser más visibles.
Además de que es necesario que porten casco y un chaleco con reflejantes, debido a que muchas de las veces los accidentes donde se ven involucrados los ciclistas es por falta visibilidad.