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XALAPA, VER.- A partir de este miércoles 8 de septiembre, ningún juez, en ninguna parte del país, podrá condenar +a una mujer por abortar, subrayó el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar, luego de que la SCJN aprobó la despenalización de la interrupción del embarazo.
El ministro explicó que los jueces ya no pueden castigar a una mujer por abortar voluntariamente, aunque los códigos penales estatales condenen dicho acto, “por disposición de la jurisprudencia de la Corte”. “Aunque estén vigentes esos códigos (penales que penalizan el aborto) y sigan sin haberse derogado, de todos modos, los jueces no pueden condenar ya a una mujer a la cárcel o a una sanción penal, porque ya existe la jurisprudencia de la Corte”.
Luis María Aguilar señaló que el Estado Mexicano tiene la obligación de propiciar las condiciones para que los abortos se realicen con “absoluta seguridad y sanidad clínica”.
“El Estado tiene la obligación de favorecer muchas condiciones para que esto (el aborto) se realice de la mejor manera; desde la información sobre la reproducción, controles de natalidad, pero también el hecho de que se proporcionen clínicas gratuitas, a cargo del Estado, para que se puedan realizar las interrupciones con absoluta seguridad y sanidad clínica”, destacó.
EN VERACRUZ SE HAN ABIERTO 36 CARPETAS DE INVESTIGACIÓN POR ABORTO
En Veracruz durante el 2021, se han abierto 14 carpetas de investigación por el delito de aborto y durante 2020 fueron 22 denuncias.
El Código penal en Veracruz por el delito de aborto sanciona a las mujeres con “un tratamiento en libertad, consistente en la aplicación de medidas educativas y de salud”.
La condena para la persona que ayude a una mujer a abortar puede ser de seis meses a dos años de prisión.
¿QUÉ ES LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA Y CÓMO AFECTA A LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO? SCJN DISCUTIRÁ AL RESPECTO
La Suprema Corte además debatirá cuándo inicia la vida a partir de la concepción y el producto es titular de derechos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá a partir de mañana, 9 de septiembre, qué ocurrirá cuando un médico se niegue a practicar un aborto por objeción de conciencia, reveló el ministro Luis María Aguilar.
De acuerdo con el abogado Luis Alberto Trejo Osorno, la objeción de conciencia se refiera “a una postura individual contraria a la ley, actos de autoridad o incluso autoridades laborales, normalmente generada por creencias religiosas, ideológicas, principios éticos o morales y tiene como finalidad la no aplicación de la ley o su sanción”.
En el caso concreto del aborto, se refiere a cuando un médico, por convicciones morales o religiosas, no quiera realizar la interrupción de un embarazo.
“Hay muchas personas que no están convencidas del aborto por sus convicciones morales o religiosas, y se tiene que decidir qué se tiene que hacer en esos casos”, expuso el ministro Aguilar en entrevista con Ciro Gómez Leyva para el noticiero Por la mañana de Radio Fórmula.
Asimismo, la Suprema Corte definirá cuándo se debe considerar que inicia la vida a partir de la gestación; sin embargo, aclaró, eso no cambiará lo aprobado ayer.
“Vamos a definir cuáles son las consecuencias jurídicas del embarazo desde la concepción, para saber cuáles son estas consecuencias en el ámbito del derecho para poder considerar como una persona, ser o titular de derechos o no (al producto)”, explicó.
Asimismo, aclaró que la SCJN no aprobó el aborto o que deba practicarse obligatoriamente, sino que la mujer tiene la libertad sobre su cuerpo y de decidir si quiere no ser madre.
“Lo que ayer votamos no tiene que ver propiamente con el aborto, tiene que ver con la libertad de la mujer para tomar su decisión”, dijo.
La Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005 (NOM-046), Violencia familiar, sexual y contra las mujeres, establece que, en caso de violación, las mujeres mayores de 12 años pueden acceder a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). En Veracruz hay 325 médicos y médicas no objetores de conciencia en Veracruz, ninguno está capacitado para intervenir un aborto después de la semana 12 de gestación.
ABORTO ES LEGAL EN VERACRUZ HASTA LA SEMANA 12
El pasado 20 de julio, el Congreso local de Veracruz aprobó la despenalización del aborto hasta la semana 12 y amplió las causales para interrumpir el embarazo por afectaciones a la salud, como parte de las reformas al Código Penal en Veracruz.
La reforma también cambió el artículo 154 que en los casos de violación limitaba la interrupción del embarazo no punible a los 90 días de gestación.