- Comisión Regional de Derechos Humanos atenderá dichas problemáticas en esta temporada
- Métodos de hostigamiento e intimidación deben erradicarse o denunciarse penalmente
Miguel Bautista
Los métodos de hostigamiento e intimidación que utilizan empresas de cobranza e incluso despachos jurídicos así como tiendas departamentales o comerciales deben ser denunciados, pues dichos comportamientos están tipificados como delitos y ya no pueden utilizarse, así mismo el agiotismo de dichos establecimientos deben ser fácilmente revertidos o inutilizados en caso de comprobarse violaciones a los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Manuel Mérida Herrera, asesor jurídico de la Comisión Regional de Derechos Humanos (CRDH), cifró en aproximadamente 20 las quejas que se han presentado en dicha oficina por este mismo precepto, sin embargo dicho fenómeno no es privativo de un municipio, sino de todo el Estado e incluso del país.
“Que los van a embargar, que les van a quitar su patrimonio, que va a venir la policía y los va a meter en la cárcel, estarán en prisión por no pagar los intereses abusivos que cobran estas casas o empresas, no es cierto, muchas veces la gente no lo puede pagar, pero la gente debe saber que el artículo 17 constitucional prohíbe la detención o privación de la libertad de una persona por deudas de carácter civil”.
Las letras chiquitas y la premura de la gente que acude a estos financiamientos son las que traen complicaciones al firmar contratos de adhesión que resultan ventajosos y aunque muchas veces estos establecimientos se niegan a la conciliación, lucrando con intereses excesivos y que ninguna ley les autoriza, razón por la que exhortó a que en esta temporada se tenga cuidado con este tipo de créditos y saber con exactitud qué se firma antes de dichos financiamientos.
Explicó que las empresas no acuden a ninguna autoridad correspondiente por dichas razones y de esta manera acuden a despachos de cobranza, autorizando a los mismos a recuperar dicho capital a través de los hechos y no de las normas establecidas en el código constitucional.
Indicó que en esta temporada y en meses posteriores se incrementan casos de esta índole, por lo que deberían saber los ciudadanos que existen leyes que protegen a los mismos, para que estas empresas violando la ley utilicen dichas estrategias, asesorándose con esta dependencia o en su defecto con cualquier otro litigante que pueda ayudarles en estos casos.
En los casos que refieren a personas físicas con este tipo de actividades es aun con mayor facilidad encontrar una solución, ya que ellos ni siquiera están autorizados para cobrar altos intereses en los préstamos realizados y en todo caso tendrían que reportar al FISCO estos preceptos y muchos de ellos no lo hacen, sin embargo también opina que dicha información no debe ser utilizada para que las personas cometan actos de omisión en sus deudas.