16 de Noviembre de 2024
 

Delitos de flagrancia, un enigma

Álvaro Guerrero

El desconocimiento del nuevo sistema penal acusatorio por parte de los elementos policíacos y de las mismas autoridades de justicia, propicia que dichos delitos no se puedan ejecutar correctamente, ocasionando que el presunto culpable sea liberado, ante el enigma que representan este tipo de delitos, además de que las autoridades al no querer violentar los derechos humanos de las personas señaladas prefieren soltarlos, indicó el presidente de la Barra de Abogados, Jesús López Aranda.

Comentó sobre las posibilidades de que no se aplica, “yo creo que tanto las autoridades como los operadores del nuevo sistema hasta el momento les está temblando la mano para aplicar el proceso, prefieren liberar al presunto o al probable antes de violar sus derechos humanos, yo creo que eso está pasando”.

Indicó que los delitos de flagrancia en el anterior sistema se podían haber desarrollado dos horas antes de detener a la persona culposa y darle seguimiento, sin embargo en este pasa todo lo contrario, ya que después de cometer el delito, a la persona responsable se le debe dar seguimiento y detenerla, al no hacerlo provocan que sea liberado por el juez, lo cual ha estado ocurriendo.

En el anterior sistema judicial, la detención realizada por las personas civiles causaba una pena delictiva, pero ahora con el sistema acusatorio la persona afectada por su propia cuenta puede detener al culpable y esperar a que los elementos policíacos hagan presencia en la detención para que sea recluido el individuo culpable, siempre y cuando se cumpla el seguimiento del delito in fraganti.

Expuso que no solamente hay un solo delito en flagrancia, ya que existe un sinfín de casos que facilitan la libertad del presunto culpable con este sistema acusatorio, por lo que se requiere un mayor conocimiento y darle el seguimiento requerido desde el momento que se efectuó la problemática.

La única forma de reducir este problema es que “los altos mandos policiales deben capacitar a sus elementos para efecto de encuadrar debidamente cuándo es flagrancia, porque de lo contrario solamente están haciendo un trabajo que no da resultados a la sociedad como tal, y la sociedad al desconocer lo que pasó sólo emite comentarios”.

Al no existir un delito de flagrancia, el individuo lo que puede hacer es solicitar que se abra otra carpeta de investigación sobre el hecho que haya causado el presunto culpable con el afán de que se continúe la averiguación del acto, para que posteriormente se pueda emitir una orden de aprehensión sobre el causante del problema.


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