17 de Noviembre de 2024
 

Derechos Humanos no debe desinformar a deudores

* Comisión Regional incurre en acciones que están fuera de sus funciones o facultades

Facundo Bartolo Salazar

Supuestos representantes de derechos humanos no deben desinformar a deudores de diferentes empresas financieras con presencia en esta ciudad, pues por principio de cuentas aquí no existe ninguna representación oficial en ese rubro, y si ese fuese el caso, dicha representación se abocaría a defender a los ciudadanos contra abusos de autoridad y arbitrariedades de dependencias de gobierno, mas no de las acciones legales de particulares, asegura Mauro Alvarado Loranca litigante martinense.

Opinó que “la asociación civil llamada Comisión Regional de Derechos Humanos realmente, en lugar de defender, realmente están afectando los derechos humanos de las personas, al hacerles creer que son una representación oficial, cuando no es así, pues además llevan a cabo acciones que no estarían dentro de sus facultades legales”.

Sin el ánimo de descalificar a esa organización sin bases, el abogado de profesión dijo tener conocimiento de que en esas oficinas se realizan acciones fuera de lugar, de tinte electorero como las afiliaciones en las que figuran datos de los ciudadanos como la clave de elector, así como la sección electoral, lo cual no tendría ninguna relevancia.

Indicó además que ninguna representación de derechos humanos debe ofertar terrenos, pues definitivamente eso quedaría fuera de sus funciones, de manera que hizo un llamado a la instancia oficial, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), para que vigile o en su caso sancione el uso de esa razón social que confunde a los ciudadanos, quienes en lugar de ser beneficiados, pueden salir perjudicados con las acciones de supuestos representantes municipales o regionales.

Mencionó el caso concreto de la señora Reyna Caro López, deudora de una empresa financiera, fue citada conjuntamente con otras personas en forma extrajudicial para llegar a una negociación y dar vías de solución, evitando con ello un proceso de tipo legal. Señaló que, ciertamente, muchas personas, como en este caso, pasan por alto esas citas para enterarse siquiera del estado de su asunto, por lo que ante esa negativa, es posible demandar, en su caso a través de un despacho de cobranza, en nombre de la financiera.

Alvarado Loranca destacó que se trata de actos jurídicos, mandatos judiciales, mismos que se canalizan mediante demanda presentada ante las instancias correspondientes, buscando la vía ejecutiva mercantil. Añadió que como resultado de ello, la deudora fue emplazada en su domicilio, manifestando ella que la Comisión Regional de Derechos Humanos ya tenía conocimiento de su asunto, y que le daría todo su supuesto apoyo, incluso con una publicación en la que arremetían contra abogados y despachos de cobranza, pero con una total desinformación.

Sostuvo que, efectivamente, incurren en arbitrariedades y faltas a la legalidad al llevar a cabo sus acciones de cobranza, no obstante, reveló que en el caso del despacho del cual es titular, son agotados todos los procedimientos de manera cordial. Y en caso de no obtener respuesta satisfactoria, se procede por la vía judicial, en representación de las empresas financieras de las cuales son manejados sus asuntos.   


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