* Patines y bicicletas eléctricas no se encuentran reguladas en reglamento vial
Juan Carlos Jiménez B.
Tlapacoyan, Ver. - Es muy necesario señalar que, en la aplicación del reglamento de tránsito, no se consideran vehículos a las patines y bicicletas eléctricas y que deben de ser respetadas por los peatones y automovilistas, aunque también los ocupantes o conductores deben de tener sus deberes y obligaciones.
Por lo que resultaría positivo que en el reglamento dediquen un capítulo a Vehículos de impulso eléctrico, debido a que tendría que ser obligatorio circular únicamente por la superficie de rodamiento y no sobre banquetas y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones.
También es necesario señalar que los conductores de estos vehículos tienen la obligación de viajar a una velocidad inofensiva para los peatones, adema de que tampoco pueden circular en el sentido contrario a los vehículos, aunque se realice con precaución.
Sin duda estos vehículos se convierten en otra modalidad de movilidad dentro de la ciudad; sin embargo, es necesario observar que los jóvenes que realizan este tipo de actividad, la mayoría de las veces circula por las calles con actitud temeraria, a velocidades que pueden poner en riesgo sus vidas principalmente en quienes no han desarrollado habilidades de frenado, y generalmente no portan accesorios que los ayuden a ser más visibles.
Además de que es necesario que porten casco y un chaleco con reflejantes, debido a que muchas de las veces los accidentes donde se ven involucrados es por falta visibilidad.