Consultando a la abogada
Lic. Dalia Gabriela Guzmán Lambert
Mucho cuidado al acudir al médico, sea particular o al servicio de alguna institución oficial, y tener en posesión un medicamento que podría ser un barbitúrico o psicotrópico como la olanzapina o el clonazepam, recetadas para enfermos nerviosos o con alguna enfermedad mental, en razón de que son sustancias químicas prohibidas y controladas por la ley general de salud, y previstas como delitos de posesión de sustancias psicotrópicas con sanciones medianamente severas para el caso de que no se compruebe su legal posesión.
Para evitar esto es necesario portar la receta que expide la institución médica “ojo” el Instituto Mexicano del Seguro Social expide al usuario una receta original y una copia fotostática, lo que es factible que sea clara y entendible, pero en otras ocasiones la receta expedida de color rosa que es una copia ilegible, es decir que no se entiende ni se lee fácilmente porque el médico la elaboró a mano y si la policía llega a detener a una persona con cajas de ese medicamento ¡¡CUIDADO!!, nunca se debe portar ese medicamento si no se tiene a la mano la receta del médico.
Evitamos de ese modo un serio problema en el que nos podríamos ver involucrados, pero que de algún modo podríamos evitar. Le sucedió a Jacobo M.H., es una persona de 50 años, que fue a traer medicamento para su sobrino al IMSS, antes de llegar a su casa pasó a tomarse unas cervezas con un amigo y en el inter perdió la receta, después de salir del antro, se suscita una riña en el mismo y terminan todos arriba de la patrulla policíaca, pero Jacobo portaba seis cajas de medicamentos controlados y sin receta, se le dio la intervención legal al Ministerio Público Federal y en lo sucesivo una ausencia o mala defensa originó que Jacobo fuera consignado a la ciudad de Jalapa para ser sujeto de un procedimiento por el delito de posesión de psicotrópicos.
Mariana F.F. PREGUNTA.- Quiero divorciarme de un hombre que me ha maltratado física y psicológicamente, pero apenas me separé hace tres meses, y no sé si sea factible que consiga mi divorcio, ya que este señor me amenaza constantemente que si lo dejo me quita a mis hijas, y si le creo que lo haga, tengo mucho miedo de que lo cumpla y ya no vuelva a ver a mis hijas. No tengo actas de nacimiento de ellas porque mi suegra las guarda y mi acta de matrimonio mi marido la rompió. Yo no quiero ir a pedir las actas porque en la oficina trabajan dos personas que le van a decir a mi suegra que fui a pedirlas y tengo miedo de que me quiten a mis hijas, porque así me amenaza.
MARIANA F.F. RESPUESTA.- Volver a sacar otras actas es lo más sencillo, solo manda a una persona que te las saque certificadas, no temas de que esas personas se enteren de que tienes las actas, tú tienes derecho a protegerte y defenderte frente a las agresiones de tu marido. No es posible que soportes ningún tipo de amenazas, golpes y violencia en todas sus formas, ya que a tus hijas les das el peor ejemplo para que en un futuro ellas no lo permitan.
Si te decides se podrá iniciar el divorcio incausado, es decir que no necesitas justificar nada en la vía civil para poder obtener tu divorcio, independientemente que habrás de denunciarlo a la brevedad posible también con esas actas. Y tomar una medida preventiva como es el depósito judicial tuyo y de tus hijas en otro domicilio distinto, de algún pariente donde provisionalmente puedas resguardarte y solicitamos las medidas de protección, ¡¡DECÍDETE!!
SÓSIMO A.L. PREGUNTA.- Mi mujer me engañó con otro hombre y se llevó a mis dos hijos: un varón y una niña, ambos son menores de edad, y lo peor es que no me permite ver a mis hijos, dice que no me va a aceptar ningún dinero y que a ella le da dinero su marido y que de mí no necesita nada.
SÓSIMO A.L. RESPUESTA.- El proyecto de solución de tu caso es proceder a demandar el derecho de convivencia que tienes en relación con tus menores hijos, habrá de ser necesario requerirla para que lleve a tus hijos a una audiencia especial en la que sean escuchados los menores ante la autoridad judicial que habrá de fijar lugar y fecha de convivencia provisional y en su momento definitivo.
Si ella no te acepta las cantidades de dinero, pues procede a hacer depósito de dinero ante la misma autoridad judicial, puede ser antes de la demanda o en el mismo juicio, solo necesitas las actas de nacimiento de tus hijos.
Tus preguntas al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., celular 2321005858, con despacho en Ave. Pedro Belli 209, colonia centro en esta ciudad. ¡¡¡Recuerda que el derecho no se pide, se exige!!!