-Renueva Contraloría Código de Ética del Poder Ejecutivo
Por Leticia Rosado
Luego de seis años, la Contraloría General del Estado renovó y actualizó el Código de Ética y las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública de los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado.
El Código salió publicado en la Gaceta Oficial del Estado en su número 27 y entró en vigor el pasado viernes; el mismo está basado en los contenidos y mecanismos de los Sistemas Nacional y Estatal Anticorrupción.
De acuerdo con la contralora general, Mónica Leslie Garibo Puga, los servidores públicos del Gobierno del Estado de cualquier nivel deberán conducirse con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, economía, disciplina, profesionalismo, objetividad, integridad y equidad.
En este sentido se explica que los servidores públicos que se ubiquen en algún supuesto de responsabilidad, como resultado del incumplimiento de alguna de las disposiciones contenidas en este Código y de las Reglas de Integridad, serán sancionados con apego a las disposiciones legales previstas en la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y demás disposiciones legales y normativas que resulten aplicables al caso concreto.
Entre otras disposiciones se explica que se harán acreedores a las sanciones aquellos funcionarios públicos que realicen señales sexualmente sugerentes con movimientos del cuerpo o de las manos; tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseos, jaloneos; llevar a cabo conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona para someterla a deseos o intereses sexuales; espiar a una persona mientras está en el sanitario.
También condicionar la obtención de un empleo, su permanencia, o un cambio de situación laboral por aceptar conductas de naturaleza sexual; obligar a realizar actividades que no competen a las labores del servidor público o tomar medidas disciplinarias en represalia por rechazo a proposiciones de carácter sexual; expresar comentarios, burlas, piropos o bromas hacia otra persona referentes a la apariencia o a la anatomía, con connotación sexual, presencialmente o por algún medio de comunicación; y emitir expresiones o utilizar lenguaje que denigre a las personas o pretenda colocarlas como objetos sexuales.
Serán sancionados aquellos que lleven a cabo cualquier tipo de discriminación tanto a otros servidores públicos como a toda persona en general; hostigar, agredir, amedrentar, acosar, intimidar o amenazar a compañeros de trabajo o personal subordinado;
De acuerdo al Código de Ética queda prohibido proporcionar apoyos o beneficios de programas gubernamentales a personas, agrupaciones o entes sin cumplir con los requisitos y criterios de elegibilidad establecidos en las reglas de operación.
Para finalizar y entre otras especificaciones tampoco será bien visto solicitar o aceptar cualquier tipo de compensación, dádiva, obsequio o regalo en la gestión que se realice para el otorgamiento del trámite o servicio, es decir queda anulado el diezmo.