29 de Noviembre de 2024
 

TRIBUNA PÚBLICA

Consultando a la abogada 

Por Lic. Dalia Gabriela Guzmán Lambert 

Dentro de la clasificación de las leyes en el sistema normativo mexicano, se consideran artículos transitorios a los que determinan la vigencia de las leyes que han sido publicadas: y es característica de nuestra legislación dar a conocer en ellos la normatividad que tiene corta y específica vida al salir a luz pública. MELESIO L.- PREGUNTA.- ¿Es distinta la aplicación de la ley penal en el estado de Puebla que aquí en Veracruz? Le pregunto porque en Teziutlán tienen un sistema penal distinto, veo que allá se respeta mejor la ley que aquí en este Estado. MELESIO L. RESPÚESTA.- Efectivamente la ley de procedimientos penales para Puebla, Veracruz y todos los estados es la misma, pero si varían las codificaciones objetivas, y refiriéndome a los códigos penales. Es verdad que en la ciudad de Teziutlán, Puebla donde ya está vigente el nuevo sistema penal acusatorio y oral, inclusive he comentado que me sorprendió la eficacia y ética con la que se desempeñan los fiscales y facilitadores tanto de justicia alternativa, como en la de investigación inicial.  Observan un comportamiento de estricto apego a la ley en su desempeño, sobre todo en base al “principio de prohibición de comunicación exparte”, en el que tanto agente como juzgador están impedidos para tratar asuntos que estén sujetos a proceso con cualquiera de las partes sin que esté presente la otra, a fin de respetar los principios de contradicción, igualdad e imparcialidad. Bajo ese esquema quedé gratamente sorprendida de la manera de conducirse de estas autoridades, en el desempeño de su función que es la impartición de justicia y esperando que aquí en nuestro distrito judicial, los servidores públicos ejerzan su función que produzca confianza entre nuestra sociedad ya lastimada desde hace muchos años por estar inmersos en viejas costumbres y actos de corruptela que han atentado contra los derechos consustanciales del gobernado. Pasando al tema de la consulta PREGUNTA.- FELIPE T. L. Tengo 13 años, mi madre murió hace unos meses, mi padre nunca se ha ocupado de mí, vivo con un padrino. Mi padre trabaja en Veracruz, pero nunca viene, tiene tres años que no sé de él. La familia de madre tiene los papeles de dos propiedades que eran de mi madre, pero me dicen que no saben, creo que se quieran quedar con lo que mi madre me dejó a mí. También yo sé que mi madre antes de morir compró un seguro de vida y el único beneficiario soy yo pero tampoco me quieren dar los papeles. Solo quieren aprovecharse, ya que no cuento con el apoyo de ellos. RESPUESTA.- FELIPE T. L. Es necesario localizar a tu padre para demandarle pensión alimenticia, en cuanto a familiares habrá que citarlos para que den cuenta de esa documentación que dices ellos cuentan, para hacer efectivo el pago del seguro de vida, será necesario investigar y hacerlo efectivo. Y si tus parientes no quieren devolverlo habrá que demandarlos, pero primero tendrá el juez que designarte un tutor, que podría ser una persona mayor de edad de tu confianza. Tus preguntas al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. al celular 2321005858, despacho en avenida Pedro Belli número 209, colonia Centro en esta ciudad, ¡¡RECUERDA QUE EL DERECHO NO SE PIDE, SE EXIGE!!